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La confirmación de la condena de 12 años de prisión para el excongresista Daniel Urresti por el asesinato del periodista Hugo Bustíos, por parte de la Corte Suprema de Justicia de la República, marca una posición importante en los procesos por violaciones de los derechos humanos.
En su fallo, el tribunal sostiene que los delitos que constituyan una grave violación de los derechos humanos deben investigarse, independientemente de si son considerados o no crímenes de lesa humanidad. Por lo tanto, no se puede argumentar su prescripción.
“Aunque los hechos no sean calificados como crímenes de lesa humanidad, en este caso se trata de una grave violación de los derechos humanos que, por su naturaleza y su impacto en la humanidad, y en cumplimiento del derecho convencional, no puede dejar de investigarse y sancionarse, sin recurrir a figuras sostenidas por aspectos temporales o por impedimentos normativos del derecho interno”.
La sentencia continúa: “La mera configuración de un caso como ‘grave violación de derechos humanos’ es suficiente para invocar la imprescriptibilidad, que es propia del derecho internacional consuetudinario”.
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Este criterio también podría aplicarse en el caso Pativilca – Caraqueño, donde se investiga al expresidente Alberto Fujimori y miembros del grupo paramilitar Colina por el asesinato de seis campesinos en 1992.
Tanto los abogados de Fujimori como los militares Carlos Pichilingue Guevara y Julio Chuqui han presentado recursos para anular el proceso, amparándose en la ley que establece la prescripción de los delitos de lesa humanidad cometidos antes de 2002.