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El Poder Judicial ha admitido la demanda de amparo presentada por los familiares de Alan García para anular la autorización de acceso a la información en dos celulares del ex presidente.
Se debe mencionar que el 14 de junio se pospuso la diligencia de apertura y extracción de información de los dos celulares pertenecientes al ex mandatario.
Dicha diligencia fue autorizada por el 6to Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, a través de la Resolución N° 13 del 11 de marzo de 2024, confirmada por la 3ra. Sala Penal de Apelaciones Nacional, mediante la Resolución N° 16 del 24 de mayo de 2024.
Por su parte, el abogado Erasmo Reyna, representante legal de los familiares del ex presidente, calificó como “inconstitucional” la diligencia llevada a cabo por la fiscalía para revisar el contenido de los dos celulares incautados el día en que García se suicidó.
“Esta es una medida inconstitucional que tiene como objetivo imponer en nuestro sistema legal el derecho post mortem. Es decir, continuar investigando a alguien que ya ha fallecido y para quien la acción penal ha sido extinguida”, declaró a RPP Noticias.
El fiscal provincial, José Domingo Pérez, buscaba abrir y extraer información de los celulares del ex presidente, en el contexto de la investigación contra Luis Nava Guibert, Enrique Cornejo Ramírez y otros, por delitos como Colusión, Lavado de Activos, entre otros.
Dentro de la investigación de los casos de construcción de la Línea 1 del Metro de Lima y la continuación del Corredor Vial de la Interoceánica Sur (tramos 2 y 3).