Retención se hará aunque no se efectúe el retiro.
El Poder Judicial podrá retener hasta el 30% de los retiros de las AFP de las personas que tengan una deuda alimentaria vigente. Así lo informó Vicky Távara Cavero, jefa de la Oficina del Registro Nacional Judicial (Renaju).
Para que esto ocurra deberá haber un mandato judicial o un acuerdo entre las partes involucradas, según explicó la funcionaria. De cumplirse alguno de estos dos requisitos, la parte demandante podrá acceder a este monto, aunque el demandado se niegue a retirar el dinero.
“Si el juez lo dispone en su sentencia, así -el demandado- no retire el monto dispuesto por el Congreso, el 30% de esa suma va a ser retenido para cubrir la deuda alimentaria”, indicó la jefa de Renaju.
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En otro momento, Távara Cavero resaltó la norma que permitirá a los jueces acceder a información en línea sobre la capacidad económica e información sobre sus remuneraciones y centros de trabajo de los demandados.
“Esta medida va permitir al juez tener información en línea, en tiempo real, de los bienes que tenga el demandante en la Sunarp, como cuánto gana o si le corresponde gratificación, a través del Ministerio de Trabajo”, explicó.
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